En 1999 entró en vigor la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) y a lo largo de estos años os hemos dado constancia de la misma y de la obligatoriedad de cumplirla por todos aquellos autónomos o empresas que tengan clientes, proveedores o trabajadores.
Ahora, a partir del día 25 de Mayo de 2018, entra en vigor el nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD), en el que se prevén por incumplimiento, sanciones mínimas del 2% del volumen de facturación con un mínimo de 10.000.000€ y máximas del 4% del volumen de facturación con un mínimo de 20.000.000€.
Estas sanciones para la mayoría de las empresas representarían una barbaridad y ya hay voces que dicen que se prevé actuar con proporcionalidad.
Sea como sea, una vez más os informamos de la necesidad de cumplir esta normativa y además de poder hacerlo a través de la propia Agencia de Protección de Datos:
WWW.AGPD.ES