Ayer día 4 de enero de 2023 se publicó el Real Decreto 1080/2022 de 27 de diciembre que entre otras modificaciones establece que los facultativos médicos una vez expidan los partos de baja, confirmación y alta en su caso harán entrega de una copia al trabajador, a la vez que el Servicio público de salud remitirá los citados partes vía telemática al Instituto Nacional de la Seguridad Social.
El instituto Nacional de la Seguridad Social le remitirá a las empresas los partos como máximo al siguiente día hábil en su recepción, por tanto los trabajadores ya no vendrán obligados a hacer entrega de los mismos a las empresas donde trabajan.
Sin embargo las empresas tal y como venían haciendo, comunicarán de forma inmediata los partos a través del sistema RED de la Tesorería.