¿Está permitido utilizar la información del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial con fines de promoción comercial?
Se reclama ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) haber recibido publicidad postal de una entidad con la que no ha mantenido relación comercial o previamente contactado.
Los datos utilizados por esta entidad en la comunicación provienen del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (BOPI), ya que toda la información técnica incluida se encuentra en los anuncios y contenidos de la citada fuente.
El reclamante sostiene que debe prevalecer el derecho fundamental a la protección de los datos personales del interesado que voluntariamente no los ha hecho públicos, sino porque una ley exige esta publicación en este boletín en caso de que haya terceros interesados en oponerse en la solicitud o registro de una marca.
La entidad en cuestión alega que obtiene esta información del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (BOPI), que es de acceso público.
La AEPD advierte que los datos personales en cuestión fueron publicados por un mandato legal en este boletín y no porque el reclamante decidiera voluntariamente hacer públicos y accesibles al público en general sus datos personales.
Se han utilizado de forma que se aparta de la finalidad legalmente establecida, que es permitir que otros interesados en el otorgamiento, concesión o denegación, etc., de derechos de propiedad industrial se opongan si lo consideran oportuno, y no que una entidad mercantil ofrezca sus servicios mediante carta postal informativa.
El tratamiento no era previsible para el reclamante y que el reclamante no haya ejercido previamente o posteriormente el derecho a la supresión de los datos personales del reclamante no puede ser aceptado como motivo de exención de responsabilidad, ya que esta entidad no debería de haber tratado estos datos personales dirigidos al reclamante como particular, no como apoderado de empresas (la carta contenía el nombre, apellidos y dirección del reclamante). En ningún momento se menciona el cargo que desempeña en las empresas en las que es apoderado ni el nombre de éstas.
Se acuerda iniciar un procedimiento sancionador por estos hechos, que podrían constituir una infracción sancionable con una fuerte multa, que puede ajustarse en función de las circunstancias del caso.
Nuestros abogados están a su disposición para defender sus derechos ante acciones contrarias a la normativa de protección de datos personales por las que se sienta perjudicados.
